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¿Qué es un Poder / Mandato?

La Sección Consular cumple funciones Notariales en consecuencia podrá autentificar documentos, previo el cumplimiento de las disposiciones legales, tales como: Poderes (otorgamiento y revocación) o Contratos.

Tipos de Poderes:

La legislación civil venezolana delimita el otorgamiento de poderes a dos tipos: el Especial y el General.

Poder Especial

Definido en el artículo 1687 del Código Civil Venezolano.

Un poder será especial para para un determinado asunto o negocio del poderdante en Venezuela. Se otorga sólo para actos específicos, una actividad en concreto.

Poder General

Definido en el artículo 1687 del Código Civil Venezolano.

El poder/mandato, concebido en términos será general para todos los negocios del poderdante.

Para todos los asuntos o negocios del poderdante en Venezuela, otorga plenas facultades de administración y disposición de todos sus bienes. Es un documento que autoriza al que lo recibe (apoderado) a realizar todo tipo de gestión por el otorgante (poderdante).

¿Cómo inicia la solicitud de otorgamiento de poderes ante la Sección Consular?

La solicitud se iniciará con el envío de los requisitos por correo postal a dirección de la Sección Consular (56 Grafton Way Londres, W1T 5DL).
Todos los requisitos mencionados son obligatorios.

Una vez recibidos los requisitos procederemos a verificar que el contenido del poder se ajuste a la legislación venezolana. En caso de no observar correcciones de forma, le enviaremos un correo electrónico fijando la cita para el otorgamiento; en caso contrario, se le enviará un correo electrónico sugiriendo las correcciones de forma que consideremos pertinentes.

El personal que labora en esta Sección Consular no emite consideraciones subjetivas sobre la voluntad que el nacional desea otorgar en el poder/mandato ni realizarán correcciones sobre el fondo del documento, por tanto, es responsabilidad del interesado chequear que la información contenida sea correcta.

Todos los poderes relativos a Régimen de Menores, Seguro Social, Estudiantes y actos relativos al Matrimonio están exentos del pago de aranceles consulares.

Requisitos para la solicitud

  1. Registro consular:

    En el caso de que la persona a otorgar el poder se encuentre de tránsito en Reino Unido, podrá omitir este requisito. --> El registro consular podrá tramitarse de manera simultánea. Este requisito será comprobado por el funcionario que atenderá la solicitud, no será necesaria la presentación de constancias de registro consular.

  2. Enviar tres (3) originales del Poder (en formato word - no escaneado) en idioma castellano, en hojas bond A4, impreso por ambos lados, alineación justificada, a doble espacio, tres (03) centímetros de margen de cada lado y cinco (05) centímetros en el margen superior y margen inferior, un máximo de treinta (30) líneas por página. NO es necesario que este visado por un abogado.
  3. Una (1) fotocopia del pasaporte venezolano vigente (página donde se encuentran los datos de identificación) del poderdante.
  4. Una (1) fotocopia de la cédula de identidad del apoderado.
  5. Si es el caso, documentos citados en el texto del poder (documentos de propiedad de muebles/inmuebles, rif, actas de asambleas, etc.)
  6. El día de la cita, cancelar los aranceles consulares correspondientes al tipo de poder (especial o general)


Para la solicitud de trámites consulares debe descargar el Formulario Único de Solicitud (formato PDF) completar los campos necesarios y cargarlo como documento adjunto desde su correo elecrónico:

Formulario Único de Solicitud

IMPORTANTE:    ¿Que debo traer o presentar el día de la cita?


   La persona que va a firmar el Poder (poderante), debe presentarse el día y la hora indicada por la oficina consular aportando los recaudos:

  • Comprobante de pago, el arancel consular correspondiente (ver poder General - Especial).

  • DEBE realizar una transferencia electrónica o depósito bancario a la siguiente cuenta bancaria:

    Lloyds Bank Embassy of Venezuela

    Account Number: 35607168

    Sort Code: 30-84-45

    Colocar en Referencia su nombre y apellido.

    IMPORTANTE:

    NO SE ACEPTAN TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES NI TRANSFERENCIAS DESDE EL BANCO “REVOLUT”.

    Por razones administrativas no aceptaremos depósitos de un mes distinto al mes que asiste a la cita.